Decreto para la aplicación del Decimoquinto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica No. 6, suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Argentina






descargar 8.64 Mb.
títuloDecreto para la aplicación del Decimoquinto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica No. 6, suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Argentina
página9/75
fecha de publicación18.07.2015
tamaño8.64 Mb.
tipoDocumentos
l.exam-10.com > Derecho > Documentos
1   ...   5   6   7   8   9   10   11   12   ...   75
Pinus radiata)

Postes

100

4403.20.90

4403.20.99

Las demás

Postes de pino

100




4403.20.99




Rollizos de alerce

100




4403.20.99




Rollizos de mañiu ("maniu, mañio")

100

4403.4




Las demás, de las maderas tropicales citadas en la Nota de subpartida 1 de este Capítulo:







4403.49.00

4403.49.02 4403.49.99

Las demás

Rollizos de cedros (Cedrela spp.)

100




4403.49.99




Rollizos de andiroba

100




4403.49.99




Rollizos de ipés

100




4403.49.99




Rollizos de jacaranda

100




4403.49.99




Rollizos de louro (Cordia spp.)

100

4403.9




Las demás:







4403.99.00

4403.99.99

Las demás

Rollizos de coihue

50




4403.99.99




Rollizos de eucaliptos (Globulus)

100




4403.99.99




Rollizos de gonzalo alves

100




4403.99.99




Rollizos de incienso (cabreuva, capriuba)

100




4403.99.99




Rollizos de laurel

100




4403.99.99




Rollizos de peroba

100




4403.99.99




Rollizos de raulí

100




4403.99.99




Rollizos de Sucupira

100

44.06




Traviesas (durmientes) de madera para vías férreas o similares.







4406.10.00

4406.10.01

Sin impregnar

Sin creosotar

100

44.07




Madera aserrada o desbastada longitudinalmente, cortada o desenrollada, incluso cepillada, lijada o unida por los extremos, de espesor superior a 6 mm.







4407.10




De confieras







4407.10.10

4407.10.03

De alerce sudamericano (Fitzroya cupressoides)

Tablillas de madera de alerce (o enebro) siempre que midan hasta 20 cm. de largo y hasta 10 cm. de ancho

100

44.11




Tableros de fibra de madera u otras materias leñosas, incluso aglomeradas con resinas o demás aglutinantes orgánicos.







4411.9




Los demás:







4411.91.00

4411.91.01

Sin trabajo mecánico ni recubrimiento de superficie

Planchas de fibra de madera, acústicas y aislantes

100

4411.99.00

4411.99.99

Los demás

Planchas de fibra de madera, acústicas y aislantes

100

4416.00.00

4416.00.02

Barriles, cubas, tinas y demás manufacturas de tonelería y sus partes, de madera, incluidas las duelas.

Duelas, excepto cuando estén o no aserradas por sus dos caras principales, pero sin otra labor

50




4416.00.01




Los demás, con capacidad de más de 5.000 lt.

50

44.21




Las demás manufacturas de madera.







4421.90




Las demás







4421.90.90

4421.90.99

Las demás

Cortinas de enrollar

75

4702.00.00

4702.00.99

Pasta química de madera para disolver.

Alfa celulosa

100

47.03




Pasta química de madera a la sosa (soda) o al sulfato, excepto la pasta para disolver.







4703.1




Cruda:







4703.11.00

4703.11.01

De coníferas

Al sulfato

100

4703.2




Semiblanqueada o blanqueada:







4703.21.00

4703.21.01

De coníferas

Al sulfato

100

4801.00.00

4801.00.01

Papel prensa en bobinas (rollos) o en hojas.

Papel blanco de más de 80% de pasta mecánica de madera, que pese más de 50 sin exceder de 57 gr. por m2 y de hasta 6% de cenizas

100

48.02




Papel y cartón, sin estucar ni recubrir, de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos y papel y cartón para tarjetas o cintas para perforar (sin perforar), en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular, de cualquier tamaño, excepto el papel de las partidas 48.01 ó 48.03; papel y cartón hechos a mano (hoja a hoja).







4802.5




Los demás papeles y cartones, sin fibras obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico o con un contenido total de estas fibras inferior o igual al 10% en peso del contenido total de fibra:







4802.54.00

4802.54.05

De peso inferior a 40 g/m2

Papel cheque para impresión con tintas magnéticas, para máquinas clasificadoras automáticas

100

4802.55.00

4802.55.02

De peso superior o igual a 40 g/m2 pero inferior o igual a 150 g/m2, en bobinas (rollos)

Papel utilizado en máquinas copiadoras o reproductoras y cuyo revelado se hace por la acción del calor, sin impresionar

97




4802.55.99




Papel cheque para impresión con tintas magnéticas, para máquinas clasificadoras automáticas

100




4802.55.99




Papeles y cartones para confección de tarjetas perfórables para máquinas de estadística, de contabilidad y semejantes, libres de madera (WF), cuyo peso sea de más de 45 gr. por m2

100

4802.58.00

4802.58.03

De peso superior a 150 g/m2

Papel cheque para impresión con tintas magnéticas, para máquinas clasificadoras automáticas

100




4802.58.99




Papel cheque para impresión con tintas magnéticas, para máquinas clasificadoras automáticas

100

4802.6




Los demás papeles y cartones, con un contenido total de fibras obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico superior al 10% en peso del contenido total de fibra:







4802.61.00

4802.61.01

En bobinas (rollos)

Papel prensa blanco, de anchura superior a 15 cm e inferior o igual a 36 cm, de más de 80% de pasta mecánica de madera, que pese más de 50 sin exceder de 57 gr. por m2 y de hasta 6% de cenizas, .

100

4802.62.00

4802.62.01

En hojas en las que un lado sea inferior o igual a 435 mm y el otro sea inferior o igual a 297 mm, medidas sin plegar

Papel prensa blanco, de anchura superior a 15 cm e inferior o igual a 36 cm, de más de 80% de pasta mecánica de madera, que pese más de 50 sin exceder de 57 gr. por m2 y de hasta 6% de cenizas, .

100

4802.69.00

4802.69.99

Los demás

Papel prensa blanco, de anchura superior a 15 cm e inferior o igual a 36 cm, de más de 80% de pasta mecánica de madera, que pese más de 50 sin exceder de 57 gr. por m2 y de hasta 6% de cenizas, .

100

48.06




Papel y cartón sulfurizados, papel resistente a las grasas, papel vegetal, papel cristal y demás papeles calandrados trasparentes o traslúcidos, en bobinas (rollos) o en hojas.







4806.10.00

4806.10.01

Papel y cartón sulfurizados (pergamino vegetal)

Papel apergaminado

100

48.20




Libros registro, libros de contabilidad, talonarios (de notas, pedidos o recibos), agendas, bloques memorandos, bloques de papel de cartas y artículos similares, cuadernos, carpetas de mesa, clasificadores, encuadernaciones (de hojas móviles u otras), carpetas y cubiertas para documentos y demás artículos escolares, de oficina o de papelería, incluso los formularios en paquetes o plegados («manifold»), aunque lleven papel carbón (carbónico), de papel o cartón; álbumes para muestras o colecciones y cubiertas para libros, de papel o cartón.







4820.50.00

4820.50.01

Albumes para muestras o para colecciones

Álbumes para fotografías con hojas autoadhesivas (magnéticas)

50

48.23




Los demás papeles, cartones, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa, cortados en formato; los demás artículos de pasta de papel, papel, cartón, guata de celulosa o napa de fibras de celulosa.







4823.90




Los demás







4823.90.90

4823.90.03

Los demás

Fichas con bandas magnéticas para máquinas eléctricas de contabilidad


100




4823.90.03




Para la confección de tarjetas perforables para máquinas de estadística, de contabilidad y similares, en bobinas y/o rollos, libres de madera (WF), uyo peso sea de más de 45 y hasta 300 gr. por m2

100




4823.90.03




Tarjetas sin perforar, incluso en bandas, para máquinas de tarjetas perforadas, para máquinas de contabilidad

100




4823.90.99




Papel apergaminado (vegatal), de anchura superior a 15 cm e inferior o igual a 36 cm

100

49.08




Calcomanías de cualquier clase.







4908.90.00

4908.90.03

Las demás

Calcomanías industriales para ser aplicadas en caucho y en P.V.C.

73

49.09




Tarjetas postales impresas o ilustradas; tarjetas impresas con felicitaciones o comunicaciones personales, incluso con ilustraciones, adornos o aplicaciones, o con sobres.







4909.00.90

4909.00.01

Las demás

Con motivos del país exportador

100

4910.00.00

4910.00.01

Calendarios de cualquier clase impresos, incluidos los tacos de calendario.

En forma de libros o folletos

60

5006.00.00

5006.00.01

Hilados de seda o de desperdicios de seda, acondicionados para la venta al por menor; «pelo de Mesina» («crin de Florencia»).

Hilados de seda acondicionados para la venta al por menor

50

51.01




Lana sin cardar ni peinar.







5101.2




Desgrasada, sin carbonizar:







5101.21.00

5101.21.01 5101.21.99

Lana esquilada

Lavada

100

5101.29.00

5101.29.01 5101.29.99

Las demás

Lavada

100

51.02




Pelo fino u ordinario, sin cardar ni peinar.







5102.1




Pelo fino:







5102.19




Los demás







5102.19.10

5102.19.99

De vicuña




100

5102.19.20

5102.19.99

De alpaca o de llama




100

5102.19.90

5102.19.99

Los demás

De otros auquénidos (familia Camelidae - género Lama)

100

51.03




Desperdicios de lana o pelo fino u ordinario, incluidos los desperdicios de hilados, excepto las hilachas.







5103.10.00

5103.10.01

Borras del peinado de lana o pelo fino

Blousses de lana (desperdicios de peinadoras)

100




5103.10.99




Noils (blousses) y slivers, de pelos de auquénidos (familia Camelidae - género Lama)

100

5103.20.00

5103.20.01

Los demás desperdicios de lana o pelo fino

Blousses de lana (desperdicios de peinadoras)

100




5103.20.99




Noils (blousses) y slivers, de pelos de auquénidos (familia Camelidae - género Lama)

100

51.05




Lana y pelo fino u ordinario, cardados o peinados (incluida la «lana peinada a granel»).







5105.3




Pelo fino cardado o peinado:







5105.39




Los demás







5105.39.10

5105.39.01 5105.39.02

"Tops"

De alpaca, vicuña, llama y guanaco

100

51.08




Hilados de pelo fino cardado o peinado, sin acondicionar para la venta al por menor.







5108.10.00

5108.10.01

Cardado

Hilado crudo 100% de pelo de conejo de angora

100




5108.10.01




Hilo crudo 100% de pelo de conejo de angora

100

5108.20.00

5108.20.01

Peinado

Hilado crudo 100% de pelo de conejo de angora

100




5108.20.01




Hilo crudo 100% de pelo de conejo de angora

100

5201.00.00

5201.00.02

Algodón sin cardar ni peinar.

De fibra larga, con longitud mayor de 29 mm

100

52.08




Tejidos de algodón con un contenido de algodón superior o igual al 85% en peso, de peso inferior o igual a 200 g/m².







5208.5




Estampados:







5208.52.00

5208.52.01

De ligamento tafetán, de peso superior a 100 g/m²




84

53.02




Cáñamo (Cannabis sativa L.) en bruto o trabajado, pero sin hilar; estopas y desperdicios de cáñamo (incluidos los desperdicios de hilados y las hilachas).







5302.90.00

5302.90.99

Los demás

En fibra

100

53.03




Yute y demás fibras textiles del líber (excepto el lino, cáñamo y ramio), en bruto o trabajados, pero sin hilar; estopas y desperdicios de estas fibras (incluidos los desperdicios de hilados y las hilachas).







5303.10.00

5303.10.01

Yute y demás fibras textiles del líber, en bruto o enriados

Yute en rama

100




5303.10.01




Yute en fibra

100

5303.90.00

5303.90.99

Los demás

Yute en fibra

100

53.05




Coco, abacá (cáñamo de Manila [
1   ...   5   6   7   8   9   10   11   12   ...   75

similar:

Decreto para la aplicación del Decimoquinto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica No. 6, suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Argentina iconComo sabemos este hecho histórico sucedió en los años de 1946 y 1948,...

Decreto para la aplicación del Decimoquinto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica No. 6, suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Argentina iconPresidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad...

Decreto para la aplicación del Decimoquinto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica No. 6, suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Argentina icon¿Cuál de estos países fue una provincia de Colombia hasta 1903, cuando...

Decreto para la aplicación del Decimoquinto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica No. 6, suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Argentina iconAl margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos...

Decreto para la aplicación del Decimoquinto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica No. 6, suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Argentina iconAl margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos...

Decreto para la aplicación del Decimoquinto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica No. 6, suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Argentina iconLos flujos de inversión siempre se habían movido entre Europa y Estados...

Decreto para la aplicación del Decimoquinto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica No. 6, suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Argentina iconLa República Argentina permite los matrimonios entre personas del...

Decreto para la aplicación del Decimoquinto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica No. 6, suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Argentina iconEstados unidos: Carta del pag, 18 de agosto con respecto a los arreglos...

Decreto para la aplicación del Decimoquinto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica No. 6, suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Argentina iconLa República Argentina permite los matrimonios entre personas del...

Decreto para la aplicación del Decimoquinto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica No. 6, suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Argentina iconBreve semblanza de los escritores participantes
«brillantísimo debut con una novela instructiva», Boek (Holanda); su «suspense inteligente y original», Dagbladet (Noruega); su «inteligente...






© 2015
contactos
l.exam-10.com