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En el mundo moderno, los pobres son cada vez más pobres; los ricos, más inteligentes, y los policías, más numerosos. (Augusto Monterroso, 1996) " ¿El nuevo mito argentino la Reforma Policial o como recuperar la legitimidad de la policía de “la mano en la lata y el gatillo fácil” ? Introducción: Con el comienzo de la democracia en 1983 fuimos muchos los argentinos que creímos en la posibilidad de construir una nueva cultura social que sobre la base de la tolerancia, nos permita transitar por un camino de mayor libertad, armonía e igualdad de oportunidades para todos. Aquel compartido imaginario de la posibilidad de reconstrucción social e institucional —cuyos hitos fueron el masivo consenso logrado al inicio del juicio a las Juntas Militares y alrededor del eje de los derechos humanos durante los ochenta— terminó desvaneciéndose bajo el peso de la evidencia de las políticas implementadas desde el Estado1. Así, comenzó a revelarse la incoherencia y arbitrariedad gubernamental al iniciar prácticas decisionistas que pretendieron justificarse en “razones de emergencia”2. Sin embargo, cuando se develó el engaño se produjeron al menos dos efectos que desde mi punto de vista merecen consideración. En primer lugar, el condicionamiento mayor de las posibilidades de reconstrucción social e institucional bajo los modelos clásicos de orientación de la acción. En segundo lugar, comenzó a consolidarse la formación de una cultura resistente reflejada en numerosos movimientos sociales —Madres y Abuelas de Plaza de Mayo, H.I.J.O.S., Movimientos de Jubilados, Movimientos de Desocupados, numerosas marchas del silencio, ONGs contra la violencia policial, Agrupaciones de Defensa del Consumidor, reacciones populares no institucionalizadas (como las producidas contra EDESUR por los cortes de luz en la ciudad de Buenos Aires), etc. — No obstante, el renacimiento del movimientismo social3 no es ni mucho más ni mucho menos que la puesta en marcha de un proceso de formación de resistencias específicas y puntuales inmersas en el océano del complejo entramado de relaciones de poder cuenta con una particularidad que no puedo pasar por alto. De esta manera, con el apresuramiento al que somete la emergencia mediática, se diseñan muchas de las reformas institucionales o las políticas criminales. De este modo, se presentan y discuten con pasmosa improvisación, siempre en los medios masivos de comunicación, las estrategias para enfrentar problemas complejos, como lo es el desorden social de este final de milenio, con la misma lógica que se analizan los partidos del domingo en un programa deportivo. Así las cosas, se dan respuestas mágicas que no hacen más que reducir la complejidad para producir fugas hacia delante y continuas caídas al vacío que consolidan el recurso a la emergencia, dificultando, a su turno, las posibilidades de reconstrucción social e institucional necesarias en todo proceso de democratización. Es obvio, entonces, que el aumento de la injusticia social se ve reforzada desde el propio Estado y otros centros de gobierno por la promoción de prácticas violentas, diferenciales y selectivas de control social, dirigidas a los sectores más afectados por la masiva transformación de la economía.( Font & Ganón, 2000) También es obvio que estas prácticas además de ser promovidas desde varios centros de gobierno, son posibles por la connivencia, palmaria incapacidad o falta de escrúpulos de mucha de la clase judicial y política. Sin embargo, los últimos hechos sociales demuestran que la transformación y conformación de una sociedad plural y democrática, requiere mucho más, que la reforma de las instituciones o la modificación de las antiguas leyes4. En primer lugar, porque este nuevo intento de implantación de un régimen jurídico-formal, por conocidas circunstancias políticas, históricas, culturales y económicas, nuevamente ha sido condenado al fracaso. Fracaso, ocasionado por la imposibilidad material de mantener inalterables los parámetros regulatorios básicos, de la tradicional forma moderna de ejercicio del poder: reglas claras, uniformes y predecibles (Weber, 1944). Esta afirmación resulta comprobable con solo observar como aquellas pautas normativas de la forma-estado de derecho, fueron modificadas al compás de los cambios en la coyuntura política-económica regional, mediante, por ejemplo, los golpes de estado, la desaparición forzada de personas, las leyes de punto final y obediencia debida, los indultos, la ampliación del número de miembros de la Corte Suprema de Justicia, el recurso a la legislación por decreto, la Reforma de la Constitución, etc. Siempre estas situaciones han sido justificadas discursivamente en la emergencia política, económica o social, apelando a la teoría de las razones de estado (Ganón, 1998)5; pero además, debo decir, que durante el mal denominado período de transición democrática, no se desarrollaron mecanismos de gobierno capaces de producir el fortalecimiento simbólico y continúo, de la existencia de igualdad de oportunidades para todos los integrantes de la sociedad argentina (Petit, 1990). Así las cosas, diversas circunstancias macroeconómicas que no analizaré, facilitaron la aplicación sin discusión en la última década, de planes económicos de absoluta ortodoxia neoliberal que aumentaron la violencia estructural. Así, con el aumento estructural de la desigualdad y la conflictividad social, se posicionó en situación de riesgo, a las bases del sistema de estado de derecho tradicional que se declaraba y se pretendía sostener (Galtung, 1969). En síntesis, todos los motivos enumerados, especialmente la permanente alteración de los parámetros regulatorios de la forma-estado de derecho, no sólo han impedido que el derecho cumpla con sus funciones tradicionales (control social, resolución de conflictos, legitimación del poder), sino que ni siquiera han permitido, que aquel se convierta en una herramienta simbólica de mejora de la convivencia mediante la construcción cultural de un significado por lo menos equivalente al de las simples reglas de juego (Ganón, 1996; Roth, 1996). Ahora bien, si se tiene en cuenta que a estas particularidades regionales deben agregarse los nuevos riesgos mundiales de gobernabilidad, producto de la complicada ecuación de factores tales como la globalización, el final del estado de bienestar, la guerra fría y la expansión masiva de la desigualdad económica, el panorama en la Argentina, parecería presentarse como más desolador que en los países desarrollados. Sin embargo, vuelve más preocupante la situación la posición que asumen los actores políticos al identificar e interpretar la transición hacia la consolidación de la democracia, como restablecimiento dogmático de las libertades civiles y políticas. Como si esto fuese poco algunos de aquellos utilizan como recurso electoralista, irresponsable y contradictorio, a la inestabilidad social, para pretender restablecer la deteriorada moral pública haciéndose eco exclusivamente la “denuncia” de la crisis del aparato de justicia penal (Durkheim, 1978; Foucault, 1984; Sumner, 1994, Ganón, 1998). De todos modos, me parece necesario recordar que en tiempos como los que corren de profundos cambios sociales, que agrietan el orden establecido, cualquier intento de reconstrucción moral, nos colocará nuevamente ante el viejo dilema hobbesiano del control total (Lea & Young, 1994). Por todo lo señalado me parece necesario que además de considerar nuestros especiales condicionamientos histórico-económicos, tengamos en cuenta que los cambios globales profundos, impiden la toma de soluciones rápidas y sencillas para el restablecimiento del supuesto “orden perdido”. De este modo, no pretendo más que remarcar que quien está en crisis, tanto en el sur como en el norte, es el propio estado como ente regulador de la conflictividad social, al haberse producido de una serie de rupturas del viejo orden mundial6 7(Dunn, 1993; Stanley, 1996). Así las cosas, tanto el desorden como la inestabilidad y la inseguridad social, deben llevarnos a recordar, aunque más no sea por un instante, que desde el siglo XVIII en adelante cualquier potencial amenaza a la paz social, puede ser percibidas por las elites como también una amenaza al ejercicio de su poder hegemónico. 8 9 Por lo tanto, es más que probable que las “elites” que controlen importantes canales de comunicación masiva, pretendan brindar a la población su visión parcial sobre determinados fenómenos, en especial sobre los delitos, para que aquella también los considere como una amenaza al sistema “predominante” de creencias (ver Habermas, 1978). De esta manera, se produce una nueva moralización de los conflictos sociales y se otorgan etiquetas a las personas que se definen como peligrosas (Ganón, 1997). Bajo este esquema en la era de las veloces y masivas comunicaciones, es posible la rápida identificación, divulgación y visibilidad de nuevos “blancos” de censura conformados por variados grupos de riesgo (ej.: terrorismo, narcoterrorismo, menores, etc). Así las cosas, con la construcción de peligros sociales inminentes en beneficio de la seguridad, se puede incluso justificar mayores restricciones a los derechos individuales. (Cohen, op. cit. ; Durkheim, 1978; Friedman, 1990; Weber, 1944).10 De este modo, puede explicarse la aparición central en la agenda política, de la crisis de la justicia penal11. De esta manera, la nueva crisis de regulación por medio del derecho, logra reconvertirse en crisis moral. La introducción discursiva de la moral como variable determinante de la regulación, permite el intento de hegemonizar su reconstrucción colectiva a través de los mensajes comunicativos del vocabulario punitivo (Durkheim, 1976; Gramsci, 1976 ; Mead, 1984; Melossi, 1995). Este estado de las cosas, se refleja como apuntaba al comienzo, en el tratamiento importante que le otorgan los medios de comunicación masivos con sus notas informativas, de opinión y encuestas públicas, a episodios de corrupción política o policial, motines en las prisiones, violencia interpersonal o a la falta de seguridad urbana (Ej: Clarín, 29/8/1996, La Nación, 5/9/96, Página 12, 18/1/1998, etc.). Así, el sobredimensionamiento de la crisis del más específico sistema del monopolio estatal de ejercicio de la violencia, refleja el colapso del sistema moderno de justicia, como consecuencia de la incesante ruptura de los paradigmas de su racionalidad (igualdad, resocialización, legalidad como legitimidad e ideología de ley y orden consensual) (Douzinas, 1991/92/94). Por eso creo, que la verdadera importancia de esta crisis, no se encuentra en el reconocimiento de su existencia, sino en la forma en que se construya y contribuya a su resolución. Porque bien, así como puede brindar la oportunidad histórica para su reforma en un sistema mucho más plural, democrático y humano, también puede derivar en una transformación sistemática autoritaria y excluyente (Cavandino, 1992; Ganón, 1997). Sin embargo, siempre o casi siempre, las decisiones políticas reflejan juicios de relativo peligro sin efectuar reflexiones éticas o diagnóstico profundos por pensar solo en lo empírico. Este posicionamiento no solamente simplifica la búsqueda sino que además mantiene latente el problema de la desviación al pensar en soluciones milagrosas. Así las cosas, entonces, no es casual que desde Hobbes en adelante se sigan pensando y articulando tan simples como equívocas respuestas a la pregunta: ¿cómo escapar del desorden social y al mismo tiempo escapar del problema del control social total? Entonces, esta nueva desesperanza que nos envuelve hoy a casi todos los argentinos, condicionados por determinados mensajes comunicativos, no sea ni más ni menos que el resultado de la nueva forma en que se construye en la actualidad la agenda política Como argumenta acertadamente, Stefano Rodotá en este final de milenio: “ .... Sondeos y previsiones crean una esfera metapolítica... Se pasa así de la democracia representativa a la democracia de opiniones. Con un efecto de engaño, y de autoengaño en la formación de la agenda política sobre la base de las indicaciones de los sondeos. En este punto, en efecto, resurge un tema clásico de la democracia directa analizando en particular con referencia al referéndum: ¿quién escoge el tema, la modalidad y los tiempos del sondeo? Es precisamente ésta la elección destinada a influir sobre el resultado mismo del sondeo y, en consecuencia, sobre la formación de la agenda política.... (Rodota, 1996: 42 ) Esta situación advierte la metamorfosis de la comunicación e interacción social, que ha distanciado el centro de legitimación política desde su base representativa del consenso y la ideología, los partidos políticos, hacia las medios de comunicación y las técnicas administrativas de evaluación - formación de opinión (sondeos, encuestas, marketing político, etc.) (ver: Habermas, 1978, 1982; Poulantazas, 1980; Debord, 1992; Braudillard, 1995). Sin embargo, el resultado directo importante a considerar de esta compleja situación, es la creciente relevancia de los medios de comunicación como núcleo principal de circulación y legitimación, de prácticas y discursos. Así las cosas, en este nuevo ambiente cultural, resulta viable para el grupo social que llegue a controlar canales de comunicación masiva, tanto modificar la sensibilidad popular como decidir el temario y el tiempo de la agenda básica de discusión política (Mills, 1940; Gramsci, 1973). De este modo, en un contexto en el que por un lado, pierden significación las utopías libertarias de la modernidad y por otro lado, se vuelve creciente la ineficacia de las antiguas herramientas del modelo estado de derecho para el control de los nuevos riesgos de gobernabilidad, la magnitud real del cambio perceptivo de la sociedad argentina sobre la “disfuncionalidad” del derecho y sus aparatos de aplicación, puede en principio explicarse como el efecto de un intento próximo de reacomodamiento tanto del discurso hegemónico como de sus prácticas. (Bergalli,1995; Melossi, 1995; Ganón, 1996, Simon, 1992; Lea& Young, 1992:55; Sumner, 1994.) En síntesis, este sueño de los primeros años de la democracia, es un sueño que puede convertirse en pesadilla si en la Argentina se siguen pensando las reformas de los tradicionales aparatos del Estado especialmente, el sistema de justicia criminal con parámetros una visión convencional y un vocabulario apropiado para una era que si se quiere ha finalizado o al menos su transformación es tan acelerada o permanente para que pueda permanecer inadvertida. Sin embargo, a pesar del anuncio de la muerte final de los grandes relatos, en nuestra periferia económica los cambios son ignorados tanto política como académicamente, al elaborar los planes de reformas de los tradicionales aparatos de ejercicio de la violencia legítima, como si la negación del problema hiciese más sencilla su solución. (Reiner, 1992; O´Malley, 1997; Ganón, 1998)12. Las Distintas Agendas para la Reforma de la Función Policial. Así las cosas, bajo esta compleja situación, se elaboran políticas públicas equívocas, para tratar de solucionar la crisis histórica del sistema penal. Probablemente, la causa principal de esta deriva intelectual se relacione con la inexistente investigación criminológica (Font, 1998). De esta manera, con ausencia de fundamentación empírica, se utiliza un enfoque acrítico y ortodoxo que permite ocasionalmente aislar, reconducir, reducir y focalizar puntualmente su crisis de la realidad histórica local y de la crisis global. En este punto me refiero a la crisis política, ideológica, cultural, económica y social mundial (ver: autores varios en IL Manifesto, “ Cara Libertá”, Diciembre de 1997). Así, pués, la primera consecuencia de la utilización de esta orientación analítica errática, facilita intencionalmente o no, la propuesta de soluciones tan milagrosas como aparentemente sencillas a través de cambios de carácter legislativo, como pueden ser por ejemplo: la implementación del proceso acusatorio, la creación de la policía judicial, del defensor de la seguridad, la implementación del juicio por jurados, la modificación en el sistema de selección de jueces, una mayor dureza en las penas, una mayor cantidad de presos y prisiones, la disminución de garantías procesales, o la reducción del margen interpretativo del juez, etc (Ganón, 1998; Hall, 1979/80) |