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PAGARÉ CONCEPTO Es el documento por el cual una persona se compromete a pagar a otra una suma de dinero, en un plazo determinado. REQUISITOS
PERSONAS QUE INTERVIENEN
IMPORTANCIA
VENCIMIENTOS
PARTES DE UN PAGARÉ
AVAL Es la obligación que toma un tercero (avalista) de garantizar el pago del documento. ENDOSO Es el acto por el cual una persona transfiere a otra los derechos de cobro de un documento, firmando al dorso del mismo:
PROTESTO Es el acto por el cual el beneficiario o tenedor de un documento deja constancia ante un escribano público que el pagaré no ha sido abonado a su vencimiento. PAGARÉ SIN PROTESTO Los pagarés que traen impresa la cláusula sin protesto, son aquellos que permiten al beneficiario o tenedor iniciar juicio de cobro sin realizar previamente el trámite de protesto. LEY DE SELLOS Los pagarés están sujetos a un impuesto nacional de sellos, que se paga por medio de estampillas fiscales que se adhieren al mismo. El sellado debe realizarse dentro de los 15 días de su emisión, caso contrario cuando se lo quiera hacer valer en juicio abonará además del sellado la multa correspondiente. Las estampillas se pueden adquirir en los Correos, Tribunales, Bancos o en la AFIP, en algunos casos como los contratos de locación comercial a través de Internet. Ejemplo: www.rentasgcba.gov.ar. ACTIVIDAD Completar los pagarés: Pagaré Nº 1
Pagaré Nº 2
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